Todo lo que debes saber acerca de la declaración complementaria

En ciertos casos la Declaración de la Renta puede presentarse por distracción con algún olvido o una información incompleta. Esto se puede subsanar sin ninguna sanción  En función del error cometido se podrá rectificar el fallo o informar sobre los datos que han sido omitidos de la de varias formas. Si el error cometido es […]

Admin Oconteh: ADMIN OCONTECH

On agosto 16, 2022

En ciertos casos la Declaración de la Renta puede presentarse por distracción con algún olvido o una información incompleta. Esto se puede subsanar sin ninguna sanción 

En función del error cometido se podrá rectificar el fallo o informar sobre los datos que han sido omitidos de la de varias formas. Si el error cometido es a tu favor, debes presentar un escrito, pero sí a favor de la Administración, tendrás que presentar la Declaración Complementaria.

El modo de realizarlo, consiste en presentar de nuevo el impuesto, con la corrección del dato errado o añadiendo el importe faltante. 

Sin embargo, es indispensable que esta corrección se efectúe antes que la Agencia lo solicite y sobre todo, antes que venza el plazo. En estos casos no recibes ninguna sanción.

 

Aspectos fundamentales de la declaración complementaria

Es imprescindible conocer los alcances de este tipo de declaración. En este sentido, solo corresponde:

Si de la presentación se desglosa que existe un importe a ingresar mayor o si es menor la cantidad a devolver a la solicitada en un primer momento.

También, si hay pérdida del derecho a reducción o exenciones. Por otra parte, la pérdida del derecho a deducciones se debe regularizar en la declaración correspondiente al ejercicio, lo que incluye los intereses por mora 

Otro supuesto es, si los rendimientos se perciben en un ejercicio distinto al que le fueran exigibles. Si esta es la situación en la declaración complementaria se imputarán los ingresos del ejercicio correspondiente.

Es indispensable, sin embargo, considerar que no es lo mismo presentar una Renta fuera de plazo que presentar una Declaración de la Renta Complementaria. Esto quiere decir que si se trata de una Declaración Complementaria a pagar y la presentas dentro del plazo establecido, solo debes pagar sobre lo que no has declarado. 

Por otra parte, es una situación muy diferente cuando se presenta una declaración complementaria fuera de plazo. En este último caso debes pagar una sanción por todo lo que no has pagado y, además, te corresponde una sanción por presentarla después de vencer el plazo.

Es relevante conocer, que las declaraciones complementarias se pueden presentar si requieres subsanar la liquidación de cualquier impuesto, como IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades o pagos a cuenta. 

Además, se pueden presentar, en distintas situaciones, bien sea, sobre liquidaciones anuales como trimestrales e informativas.

 

Plazos de presentación 

Por norma, la declaración complementaria se debe presentar dentro de los plazos que están establecidos para la declaración original. 

Si se efectúa después, debe ser antes que prescriba el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria. Es significativo tener en cuenta, que si se realiza en forma voluntaria, no implica sanciones, recargos ni intereses.

Si no se toman en cuenta estos principios y se ejecuta luego de vencido este plazo, se considera que la declaración es extemporánea. 

Por otra parte, no se presentan recargos, si recaen en supuestos especiales, como el conocimiento de atrasos de rendimientos del trabajo, si se pierde la condición del contribuyente por cambio de residencia o por fallecimiento del contribuyente.

 

Paso a paso para declaración complementaria

Ingresar al portal de Renta Web y allí acceder al expediente desde la opción Servicio de tramitación borrador/declaración.

Para acceder a los servicios personalizados, ingresa la clave, el certificado electrónico o el DNI.

Donde se indica “Servicios disponibles” debes seleccionar la opción “Modificación de declaración” y una vez allí entrar a “Modificar declaración presentada”.

Seleccionar declaración complementaria y optar la alternativa correspondiente a la situación específica.

Ingresar la información necesaria, según el caso presentado, omisión o error y una vez culminado y revisado se selecciona con un clic “presentar declaración”.

 

Diferencias entre declaración complementaria, sustitutiva y rectificatoria

Es importante conocer estas diferencias. Aunque los términos son similares, cada concepto engloba una situación diferente.

En este sentido, la declaración complementaria tiene como finalidad subsanar una omisión o algún error de la liquidación original. Debe presentarse a partir de la declaración original y antes del vencimiento de la prescripción del plazo cuenta la para la determinación de deudas. 

Por otra parte, en el caso de alguna equivocación u olvido que tenga como consecuencia un perjuicio para el contribuyente, bien sea por haber efectuado un pago más alto al requerido o haber solicitado una compensación menor, se debe formalizar una declaración rectificatoria.

Por último, la declaración sustitutiva es un tipo de declaración informativa. Se trata de la situación que se manifiesta cuando la original se presenta incompleta o errónea. Este tipo de declaración especial permite modificar más datos que una declaración complementaria.

En resumen, cuando la Declaración de la Renta se ha elaborado con errores que no hemos detectado y el resultado es en contra de la Agencia Tributaria, la solución que no implique sufrir una sanción o un recarges presentar la Declaración de la Renta Complementaria.

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