Siempre nos preguntamos, cuál es la manera de poder pagar menos impuestos. Aunque tenemos hasta el día 31 de diciembre para poder escoger la decisión necesaria con tal de pagar menos impuestos a Hacienda, nosotros te recomendamos que realices una simulación. De este modo podrás obtener una planificación más detallada. A continuación te damos algunos consejos a seguir para que puedas salir beneficiado.
Desgravar planes de pensiones y ahorro
Cualquier momento del año es perfecto para hacer una aportación a un plan de pensiones, o un plan de previsión de asegurado, con el objetivo de poder desgravarse estos importes en nuestra próxima Declaración de la Renta. No obstante hay que saber que tenemos ciertas limitaciones, debido a que la última reforma fiscal impone que el límite general es de hasta los 8.000 € anuales, siempre que no se superen el 30 % de los rendimientos de trabajo o actividades de tipo económico. También debemos tener en cuenta que si nuestro cónyuge no trabaja, podemos percibir al plan de pensiones otros 2.500 €.
Deducciones por inversiones relacionadas con empresas nuevas o de reciente creación
Si tenemos como objetivo construir nuestra propia empresa, ya que es nuestro sueño y lo vemos factible, tenemos que saber que podemos tener ciertas recompensas de tipo fiscal. Existen deducciones a nuestro favor en la Declaración de la Renta si decidimos aportar capital para el inicio de una actividad empresarial. Gracias a esta medida, se potencia la creación de nuevas sociedades, algo muy importante actualmente.
Siempre y cuando cumplamos con una serie de requisitos, que no son pocos, podremos deducirnos hasta el 20% de las cantidades satisfechas en el período por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. De este modo podremos además de aportar el capital temporal, aportar esos conocimientos empresariales o bien profesionales que sean adecuados para el desarrollo de nuestra entidad en la que invierten en los términos que se establezca el acuerdo de inversión entre el contribuyente y la entidad. Debemos tener en cuenta que la deducción máxima será de unos 50.000 euros al año y estará formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas.
Desgravación de las donaciones
Las donaciones que se realizan en todo tipo de entidades solidarias de tipo interés social, cuotas sindicales o bien colegios profesionales, podrán ser desgravadas en nuestra próxima Declaración de la Renta. Debes tener en cuenta que no puedes olvidar de conservar los justificantes, pudiendo deducirse un 50% en los primeros 150 euros dados, y un máximo de un 27% sobre el resto. De este modo se premia las buenas acciones que podamos realizar en nuestra vida.
Ganancias relacionadas con el patrimonio
En el momento de realizar una simulación de nuestra próxima Declaración de la Renta, hay que tener en cuenta cualquier tipo de ganancia patrimonial que hayamos obtenido, ya sea por defunción de algún familiar u otras razones. No obstante, recuerda que las ganancias que obtienen aquellas personas mayores de 65 años están exentas de todo tipo de pago, siempre y cuando se destinen a una renta vitalicia asegurada. Solo existen dos requisitos necesarios: que el pago se realice en un plazo máximo de 6 meses y que tengan un límite de 240.000 €.
Para que nos quede más claro todo, recordemos que las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de una vivienda habitual están totalmente exentas de tributar en Renta, sea cual sea la edad de la que hablamos.
Desgravación en Inversiones
Si nosotros hemos hecho una inversión, y hemos tenido pérdidas de fondos de inversión, acciones o productos financieros, existe la posibilidad de poder ser recompensados en nuestra próxima Declaración de la Renta, una ayuda inesperada pero que se agradece.
Desgravaciones de nuestra vivienda
Si nosotros nos beneficiamos de la desgravación de nuestra hipoteca, ya que tuvimos la idea de adquirir una antes de enero de 2013, debemos saber que podemos deducirnos hasta un 15% de lo que destinamos a la hipoteca durante el año, eso sí, un máximo de hasta 9.040 euros.
También es importante saber que si hemos destinado una cuantía menor y podemos permitirnos una amortización parcial, debemos hacer esta declaración antes del 31 de diciembre para que podamos alcanzar ese máximo de dinero a nuestro favor.
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