REDEME: Régimen de Devolución Mensual del IVA

El Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME), es un régimen excepcional en el que se ingresa y se solicita la devolución del IVA de forma mensual en lugar de tener que esperar a enero para solicitar la devolución de las cuotas de IVA soportadas durante todo el ejercicio como ocurre en el Régimen General. […]

Admin Oconteh: ADMIN OCONTECH

On agosto 5, 2021

El Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME), es un régimen excepcional en el que se ingresa y se solicita la devolución del IVA de forma mensual en lugar de tener que esperar a enero para solicitar la devolución de las cuotas de IVA soportadas durante todo el ejercicio como ocurre en el Régimen General. El REDEME coexiste con el sistema tradicional del régimen general de devoluciones por lo que la inscripción en este régimen es voluntaria.

 

¿Quién puede darse de alta en el REDEME?

Cualquier autónomo o empresa que tributa por el IVA puede darse de alta en el Régimen de Devolución Mensual del IVA, el REDEME.

Hasta esta fecha, solamente un grupo reducido de sujetos pasivos, como las grandes empresas y exportadores, podían solicitar la devolución del IVA al final de cada período de liquidación. De hecho, las empresas inscritas en el registro de exportadores y otros operadores económicos, debido a la propia naturaleza de sus operaciones, no necesitan hacer esta solicitud, su inclusión es automática.

 

Requisitos para darse de alta en el REDEME

Para poder acogerse al Régimen de Devolución Mensual del IVA es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Solicitar la inscripción al Régimen mediante declaración censal, modelo 036 durante el mes de Noviembre.
  • No tributar en el régimen simplificado del IVA.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • No haber sido excluidos del Registro en los tres años anteriores a la solicitud del alta.

 

REDEME: Ventajas e inconvenientes

Si estás empezando tu actividad empresarial o profesional, si tienes que hacer frente a fuertes inversiones o si realizas una actividad que siempre implique un superávit de IVA soportado, este sistema es muy útil.

Una de las mayores ventajas que tiene es que no tienes que esperar a enero para solicitar la devolución del IVA, puedes hacerlo mensualmente. Con este nuevo sistema se pretende evitar el coste financiero que representaba el diferimiento en la percepción de las devoluciones, especialmente en aquellos períodos de declaración en los que se habían realizado fuertes inversiones o bien cuando se tiene la intención de comenzar el ejercicio de una actividad empresarial o profesional.

Por contra, este sistema tiene algunas desventajas:

  • Se deben presentar todos los impuestos de forma mensual.
  • El Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) resultará obligatorio desde el momento en que la empresa esté dada de alta en el REDEME.
  • Existe la obligación de permanecer en él al menos un año.

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