La devolución de la Renta

La Agencia Tributaria inicia las devoluciones de las Declaraciones de Renta con resultado a regresar 48 horas a partir del inicio de la campaña. Sin embargo, Hacienda, dispone de un plazo de 6 meses a partir del 1 de julio para hacer cada una de las devoluciones.    ¿Pero, cuándo comienza Hacienda a ingresar el […]

Admin Oconteh: ADMIN OCONTECH

On septiembre 21, 2021

La Agencia Tributaria inicia las devoluciones de las Declaraciones de Renta con resultado a regresar 48 horas a partir del inicio de la campaña. Sin embargo, Hacienda, dispone de un plazo de 6 meses a partir del 1 de julio para hacer cada una de las devoluciones.

 

 ¿Pero, cuándo comienza Hacienda a ingresar el dinero de la devolución de la Renta?

 Por regla establecida, los contribuyentes que muestran su borrador de IRPF confirmado o su Testimonio de la Renta por medio del sistema Renta web van a ser los primeros en recibir sus devoluciones de la Renta, debido a que dichos sistemas telemáticos contribuyen a acelerar el proceso. El plazo para recibir la devolución si se ha presentado el testimonio por medio de el borrador es, alrededor de, de un mes.

 Si la cuantía de la devolución excede los 3.000 euros, es posible que Hacienda tarde bastante más de un mes en proceder al ingreso. Comúnmente, el motivo de que esto pase frecuentemente es que permanecen realizando comprobaciones complementarias de los datos presentados por el contribuyente. Además hay otras situaciones que tienen la posibilidad de ocasionar que la devolución se retrase, tales como las modificaciones derivadas del cambio de estado civil, la división de bienes, o documentos que acrediten las deducciones a las que se tiene derecho.

 La ley establece que el plazo legal que tiene Hacienda para gestionar la devolución de la Renta no debería superar los 6 meses, de manera que el contribuyente reciba el importe a regresar previo a final de año. En caso que se rebasen aquellos 6 meses, la Agencia Tributaria está impuesta a integrar en la devolución el denominado interés por demora.

 Si ya has presentado tu testimonio de la Renta 2021, puedes consultar su estado en la página web de la AEAT por medio de la entrada con DNI electrónico, cl@ve PIN o número de alusión del borrador.

 

Examina siempre el borrador

 Aun cuando no hay plazos oficiales establecidos para recibir las devoluciones de IRPF, comúnmente cuanto anteriormente presentes tu Testimonio de la Renta frente a la Agencia Tributaria, previamente obtendrás tu devolución si la Renta te saliera a regresar.

 Como asesores fiscales, te aconsejamos que no te precipites en la presentación de tu Testimonio de la Renta. No presentes de manera directa el Borrador que te permite Hacienda, tómate una época para revisarlo detalladamente debido a que, en muchas situaciones, éste está inconcluso o tiene errores. Consulta nuestro artículo Errores más comunes del Borrador de la Renta.

 

 No dejes tu Testimonio para el último día

Es aconsejable comenzar una vez que anteriormente a gestionar tu Testimonio y de esta forma asegurar que tendrás tiempo suficiente para recopilar la documentación elemental y asegurarte de que confeccionas tu Testimonio de la Renta 2020 de manera óptima para obtener el resultado que más te beneficie.

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