La mayoría de las personas presentan declaración de rentas de manera individual. No obstante, si están casados, pueden optar por una declaración conjunta siempre y cuando ambos contribuyan a una sola cuenta del impuesto. ¿Cuál es la más conveniente? Aquí analizaremos ambas modalidades.
Características de declaraciones individuales y conjuntas
Primero que todo queremos recordarte, que cualquiera sea la modalidad que elijas para tu próxima declaración de rentas, individual o conjunta, no estás obligado a hacerlo de la misma manera en los próximos años.
Únicamente que si vas a cambiar podrás hacerlo dentro del plazo reglamentario antes de la presentación de declaraciones. Ambas modalidades aplican las mismas escalas de gravamen.
Declaración de renta individual
Al tributar de manera individual solamente se toman en cuenta tus ingresos y rentas obtenidas por tus actividades económicas. Esta manera de declarar y contribuir con el fisco es mucho más sencilla y es atribuida únicamente a quien genera la renta.
La mayoría de los contribuyentes prefieren declarar de manera individual aunque tengan pareja por el hecho de que en un matrimonio donde ambos devengan un salario alto, no es práctico ni ventajoso.
Lo recomendable es hacer la declaración individual para evitar potenciar la escala del gravamen y porque la reducción en la base imponible mínimo es de 5.550 euros, mientras que la conjunta es de 3.400 euros.
Declaración de renta conjunta
Esta modalidad somete a gravamen acumulado a todas las rentas obtenidas por cada uno de los miembros de la unidad familiar, quedando igualmente cada uno de ellos sometidos al pago de impuestos conjunta y solidariamente.
Esto significa que la deuda tributaria, resultante de la declaración conjunta, podrá su pago ser exigido en su totalidad a cualquiera de los integrantes de la unidad familiar.
La unidad familiar se refiere a un matrimonio con o sin hijos menores o dependientes. Parejas de hecho o monoparentales, es una unidad familiar la formada solo por uno de los padres y los hijos menores o dependientes.
Algunas rentas son fáciles de identificar, pues corresponden a quien las genera y cada cónyuge se quedará con las que estén a su nombre. Ahora bien, los bienes a nombre de ambos y capital en común se imputarán al 50% para cada uno.
Una de las ventajas de la declaración conjunta es la posibilidad de poder compensar pérdidas con ganancias de manera conjunta, sin afectar gravemente el patrimonio.
Otras ventajas de las declaraciones conjuntas es que Hacienda contempla una reducción de la base imponible en los siguientes casos:
- Cuando en un matrimonio, uno de los cónyuges no recibe ingresos o los que recibe están por debajo de los 3.400 euros anuales.
- Las unidades integradas por un matrimonio con o sin hijos.
- Las familias monoparentales con hijos menores.
- Parejas de hecho con hijos y familias monoparentales igualmente se les aplica una reducción de la base imponible.
Las declaraciones conjuntas no afectan en los montos máximos de las reducciones de la base imponible de los aportes a sistemas de previsión social, a las personas con discapacidad y patrimonios protegidos.
Es decir, no serán disminuidos sino que serán aplicados individualmente a cada integrante de la unidad familiar.
Declaración conjunta en caso de parejas de hecho, separaciones y divorcios con hijos pequeños
En estos casos solo puede formar unidad familiar para la declaración conjunta de rentas uno de sus miembros, padre o madre, con los hijos menores o dependientes y el otro integrante de la pareja debe hacerlo de manera individual.
Este método se aplica de la misma manera en los casos de separados o divorciados con guardia y custodia compartida.
Cabe destacar que la reducción por descendientes no influye en las declaraciones individuales o conjuntas. La tributación por hijos siempre será la misma y en el caso de las declaraciones individuales, se prorratea entre ambos cónyuges.
Resumiendo: ¿Declaración individual o conjunta?
La declaración de renta conjunta, no siempre es recomendable, no es económicamente rentable, razón por la cual no es obligatoria, sino voluntaria presentarla en esta modalidad, y la mayoría de los contribuyentes se decantan por la declaración individual.
Si ambos cónyuges trabajan, presentar la declaración de manera individual es más favorable. Por lo general, el IRPF establece el tipo de gravamen por tramos de ganancia, se supone que la ganancia de dos hará más alto el monto gravable.
En contados casos las condiciones económicas de las declaraciones conjuntas nos permiten beneficiarnos de más deducciones y reducciones en monto de gravamen y pago final de impuestos, como por ejemplo, cuando solo trabaja uno de los cónyuges, es más beneficioso presentar la declaración conjunta.
No hay que olvidar además, que la tributación conjunta incluye a todos los miembros que integran la unidad familiar; en el caso de que uno de ellos se retire, queda disuelta la manera de declarar conjuntamente y los restantes miembros deben cambiar al mismo régimen de tributación.
La decisión de declarar renta individual o conjunta para pagar menos impuestos debe ser tomada a conciencia, puesto que, una vez seleccionada, no podrás cambiarla hasta el próximo ejercicio fiscal.
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