Dando cumplimiento al calendario aprobado para la presentación de la declaración de la Renta, el 07 de este mes de abril ha dado comienzo la campaña para hacer las respectivas presentaciones telemáticas. Así mismo, las citas telefónicas darán comienzo el próximo 06 de mayo y las presenciales el venidero 02 de junio.
De igual forma, el 30 de junio ha sido determinado para llevar a cabo el ajuste de cuentas con Hacienda. Sin embargo, lo cierto es que no resulta para nada conveniente dejar este trámite para última hora. Esto debido a que pueden llegar a surgir problemas que tiendan a obligar a realizar la modificación de la renta que se ha presentado.
Cabe mencionar, que existen equivocaciones muy habituales, las cuales son cometidas por los contribuyentes sin que apenas lleguen a percatarse de ellas. Las cuales terminan provocando que lleguen a ahorrar tanto dinero como en verdad pudieran. Y hasta inclusive puedan acabar haciendo frente a una multa.
Errores más frecuentes en la renta
No presentar su declaración aun cuando no haya obligación
Hay personas que por no cumplir con los requisitos mínimos exigidos, no se ven obligadas a presentar declaración de la Renta. Sin embargo, presentarla puede ser beneficioso para ellos, porque sale a devolver.
Aquí, para poder corroborar el resultado final, debe accederse a la casilla 670 del borrador de la renta. Si este resulta ser negativo, existe un derecho a hacer el cobro de un dinero.
Pago y ERTE tienden a contar como pagadores
Toda persona que haya estado en ERTE durante el pasado 2020, cuenta con un pagador más. Es así como, aun cuando muchos trabajadores no se encuentran obligados a llevar a cabo la renta, deben presentar. Esto debido a que no está exento de tributación.
Cuota a colegios profesionales y sindicatos
Todo ciudadano que lleve a cabo pagos a los colegios profesionales y/o sindicatos, se lo pueden deducir en los ingresos del trabajo.
Deducción por maternidad
Este resulta ser otro error cometido por algunas familias y que se debe tener muy en cuenta. Pueden llegar a deducirse hasta 1.200 euros por año, por cada hijo menor de tres años. Esta acción se corresponde con la casilla 611 de la Renta.
Renta familiar
Son muchas las familias que no presentan la declaración conjunta. Así, en el caso de que haya miembros en la familia menores de 25 años, que tengan una renta baja y todavía esté residiendo en el domicilio de los padres, puede presentar la renta familiar, o sea, conjunta.
Cabe mencionar, que al ser presentada de esta manera ya no tiene opción de hacerlo de forma individual. Si la declaración de la Renta es presentada de manera conjunta existen beneficios en el IFPF a tener en consideración, entre otros.
Segunda vivienda y alquiler
Otro de los errores que se suele cometer, es el no agregar la segunda vivienda. Aun cuando esta no se desgrava, puede ser incluida en el borrador de la Renta. Por otra parte, en caso de que se cuente con un inmueble alquilado, se deberán tener en consideración las diversas deducciones de alquiler con las que cuentan las comunidades autónomas.
Estado civil
Los cambios de la situación familiar no siempre están reflejados en el borrador de la Renta. Ahora si durante el año 2020, te casaste o divorciaste, debe quedar constancia de eso, por lo que si no aparecen dichos cambios, deberás ser tú quien los incluya en el apartado correspondiente a los datos personales y familiares del borrador.
Deducciones por familia numerosa
La deducción por familia numerosa, es otro de los temas que se deben tener en consideración. En este caso, cada unidad puede llegar a deducirse entre 1.200 y 2.400 euros por cada uno de los hijos. Así mismo, también se pueden añadir 600 euros para cada hijo de acuerdo a las distintas categorías, es decir, general (tres o más hijos) y especial (cinco o más hijos).
Discapacitados
Es de suma importancia, que cada una de las ayudas recibidas por un discapacitado quede reflejada en el borrador de la Renta. Vale acotar, que si es superior el 33% se puede llegar a deducir hasta unos 300 euros. También por cada ascendiente o descendiente que tenga una discapacidad superior al 65% puede hacerse una deducción de 500 euros.
Repasar antes de enviar
Ya cuando tengas el borrador de la Renta listo, debes hacer un repaso y comprobar que todos los cambios han sido debidamente reflejados. Son muchos los contribuyentes que, por querer deshacerse rápidamente de esta gestión, terminan cometiendo errores por el simple hecho de no repasar el borrador de la Renta.
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