En resumen: una Sociedad Limitada (SL) en Barcelona debe llevar una contabilidad ajustada al Plan General Contable, legalizar sus libros contables en el Registro Mercantil, formular y aprobar las cuentas anuales y depositarlas cada año. Incumplirlo puede bloquear el Registro y acarrear sanciones.
¿Qué libros debe llevar una SL?
- Libro diario (registro de todas las operaciones).
- Libro de inventarios y cuentas anuales.
- Libro de actas y libro registro de socios.
Los libros contables se legalizan telemáticamente en el Registro Mercantil de Barcelona dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.
Las cuentas anuales
Incluyen el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria y, según el tamaño, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo.
| Trámite | Plazo orientativo |
|---|---|
| Formulación de cuentas | Máx. 3 meses tras cierre |
| Legalización de libros | Máx. 4 meses tras cierre |
| Aprobación en junta | Máx. 6 meses tras cierre |
| Depósito en el Registro | 1 mes desde la aprobación |
¿Qué pasa si no deposito las cuentas?
El Registro Mercantil puede cerrar la hoja registral de la sociedad (impidiendo inscribir la mayoría de actos) y pueden imponerse multas. Por eso conviene cumplir el calendario contable con apoyo profesional.
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Preguntas frecuentes
¿Una SL sin actividad debe presentar cuentas?
Sí. Aunque esté inactiva, la sociedad debe llevar contabilidad y depositar cuentas anuales mientras no se disuelva.
¿Los libros se presentan en papel?
No. La legalización de libros se realiza de forma telemática en el Registro Mercantil.
¿Cuándo se depositan las cuentas anuales?
Tras su aprobación en junta (normalmente antes del 30 de junio), se depositan en el mes siguiente en el Registro Mercantil.
¿Quién puede llevar la contabilidad de mi SL?
Una asesoría contable en Barcelona lleva tus libros, cuentas y obligaciones mercantiles.
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