Modelo 303 de IVA: guía trimestral para autónomos y pymes en Barcelona

Guía práctica del modelo 303 de IVA: qué es, quién lo presenta, cómo se calcula y plazos trimestrales en 2026.
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En resumen: el modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. En él restas el IVA que has soportado (compras y gastos) del IVA que has repercutido (ventas) y pagas la diferencia a Hacienda. Lo presentan autónomos y empresas con actividad sujeta a IVA, cada trimestre, hasta el día 20 de abril, julio, octubre y enero.

¿Qué es el modelo 303 y quién debe presentarlo?

Es la autoliquidación periódica del IVA. Debe presentarlo cualquier autónomo o sociedad que realice entregas de bienes o servicios sujetas a IVA, aunque el trimestre salga a cero o sin actividad.

¿Cómo se calcula el IVA a pagar?

La fórmula básica es sencilla:

IVA repercutido (el que cobras en tus facturas) − IVA soportado (el que pagas en tus gastos deducibles) = resultado del modelo 303.

Resultado Qué ocurre
Positivo Ingresas la diferencia a Hacienda
Negativo Queda a compensar en trimestres siguientes
A devolver (solo 4T o REDEME) Puedes solicitar la devolución

Plazos del modelo 303 en 2026

  • 1T: 1 – 20 de abril
  • 2T: 1 – 20 de julio
  • 3T: 1 – 20 de octubre
  • 4T: 1 – 20 de enero (junto con el resumen anual, modelo 390)

Errores frecuentes con el IVA

  • Deducir IVA de gastos no afectos a la actividad.
  • No conservar las facturas que justifican el IVA soportado.
  • Olvidar el modelo 390 (resumen anual) en enero.
  • No presentar el 303 en trimestres sin actividad.

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En Ocontech, tu asesoría en Barcelona, lo gestionamos por ti de principio a fin. Solicita una consulta gratuita o llámanos al 932 240 970.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi modelo 303 sale negativo?

El resultado negativo se compensa en los siguientes trimestres; solo en el cuarto trimestre (o en REDEME) puedes solicitar su devolución.

¿Tengo que presentar el 303 si no he facturado?

Sí. Mientras estés de alta en una actividad sujeta a IVA debes presentar el modelo aunque el trimestre sea sin actividad.

¿Qué IVA puedo deducir?

Solo el IVA de gastos afectos a tu actividad y correctamente documentados con factura. Los gastos particulares no son deducibles.

¿Puede una asesoría llevar mi IVA?

Sí. En Ocontech, tu asesoría fiscal en Barcelona, calculamos y presentamos tu modelo 303 cada trimestre.

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